Esta mañana [8 de marzo de 2016] el Segundo Tribunal Unitario en materias Civil y Administrativa, encabezado por el magistrado federal, Benjamín Soto Sánchez, notificó la sentencia de apelación por la que ordena a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, SAGARPA,...
abstenerse de otorgar permisos de liberación o siembra de maíz transgénico hasta que se resuelva en definitiva el juicio colectivo promovido por científicos, especialistas y campesinos.
Con esta resolución se revoca la decisión del Juzgado federal Décimo Segundo de Distrito en materia Civil, que el pasado agosto había negado la suspensión definitiva de siembra de transgénicos. A pesar de aquella decisión la suspensión de siembra permaneció vigente en su carácter provisional debido a la impugnación que inmediatamente presentó la Colectividad del Maíz.
Hoy, podemos afirmar que la medida precautoria de suspensión es definitiva hasta que resuelva el juicio colectivo o algún juicio de amparo, informaron la representante común de la colectividad, Adelita San Vicente Tello y el representante legal, René Sánchez Galindo.
Los científicos y especialistas que firman y encabezan la demanda colectiva actúan sin conflicto de interés, puesto que no dependen ni tienen relación alguna con las empresas trasnacionales.
Los científicos demandantes son Antonio Turrent Fernández, en agronomía; Víctor Manuel Toledo, en el área socio ambiental; en las materias de antropología, historia y cultura, Julio Glockner y Narciso Barrera Bassols; en ética y patrimonio gastronómico, Raúl Hernández Garciadiego; en el área de derechos humanos, Miguel Concha Malo, director del centro Fray Vitoria; y en el ámbito de patrimonio alimentario, Luciano Concheiro y Patricia Moguel.
Las empresas trasnacionales demandadas desde de julio de 2013 son Monsanto, Syngenta, Pioneer – Dupont y Dow. Además los científicos demandaron a SAGARPA y a SEMARNAT
La sentencia del magistrado Soto Sánchez establece que en el juicio de acción colectiva quedó demostrada la presencia ilícita de transgénicos en cultivos de maíces nativos, por lo que podemos afirmar que los demandantes comprobaron que se han violado las leyes mexicanas e internacionales. Por ello, con la sentencia de apelación no se podrán otorgar permisos de siembra de transgénicos en fase comercial - texto completo
abstenerse de otorgar permisos de liberación o siembra de maíz transgénico hasta que se resuelva en definitiva el juicio colectivo promovido por científicos, especialistas y campesinos.
Con esta resolución se revoca la decisión del Juzgado federal Décimo Segundo de Distrito en materia Civil, que el pasado agosto había negado la suspensión definitiva de siembra de transgénicos. A pesar de aquella decisión la suspensión de siembra permaneció vigente en su carácter provisional debido a la impugnación que inmediatamente presentó la Colectividad del Maíz.
Hoy, podemos afirmar que la medida precautoria de suspensión es definitiva hasta que resuelva el juicio colectivo o algún juicio de amparo, informaron la representante común de la colectividad, Adelita San Vicente Tello y el representante legal, René Sánchez Galindo.
Los científicos y especialistas que firman y encabezan la demanda colectiva actúan sin conflicto de interés, puesto que no dependen ni tienen relación alguna con las empresas trasnacionales.
Los científicos demandantes son Antonio Turrent Fernández, en agronomía; Víctor Manuel Toledo, en el área socio ambiental; en las materias de antropología, historia y cultura, Julio Glockner y Narciso Barrera Bassols; en ética y patrimonio gastronómico, Raúl Hernández Garciadiego; en el área de derechos humanos, Miguel Concha Malo, director del centro Fray Vitoria; y en el ámbito de patrimonio alimentario, Luciano Concheiro y Patricia Moguel.
Las empresas trasnacionales demandadas desde de julio de 2013 son Monsanto, Syngenta, Pioneer – Dupont y Dow. Además los científicos demandaron a SAGARPA y a SEMARNAT
La sentencia del magistrado Soto Sánchez establece que en el juicio de acción colectiva quedó demostrada la presencia ilícita de transgénicos en cultivos de maíces nativos, por lo que podemos afirmar que los demandantes comprobaron que se han violado las leyes mexicanas e internacionales. Por ello, con la sentencia de apelación no se podrán otorgar permisos de siembra de transgénicos en fase comercial - texto completo